SEMINARIO INTERNACIONAL DEL DERECHO PROCESAL




SEMINARIO INTERNACIONAL DEL DERECHO PROCESAL



BIOGRAFIA:

Es un jurista italiano nacido en Vigevano, (Pavía), en la región de Lombardía, en el año 1943. Se encuentra dedicado al Derecho Procesal Comparado y Derecho Procesal Civil. Es desde hace cerca de cuarenta años profesor de la Università degli Studi di Pavia, donde ejerce la docencia y la investigación desde 1965. Ha sido profesor visitante, en forma habitual de varias universidades europeas, estadounidenses (Universidad Cornell) y latinoamericanas (Pontificia Universidad Católica de Chile, Universidad Nacional Autónoma de México, Universidad de Medellín, entre otras). Su amplia producción científica lo ha manifestado como una autoridad en la ciencia procesal, aportando una visión moderna, dentro de la gran tradición de los procesalistas italianos que lo antecedieron (Francesco Carneluti, Piero Calamandrei, etc.), que han tenido gran influencia en España y Latinoamérica, en donde sus aportaciones y textos son seguidas con amplio interés por los juristas, en particular, por los que aplican el derecho: los jueces. Además, participa como profesor visitante en el programa de Doctorado de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile.
Cualquier procesalista del sistema continental tiene que tomar en cuenta sus estudios, es una referencia obligada.
Algunas de sus obras han sido traducidas al castellano, inglés y portugués.

OBRAS IMPORTANTES:

  • Studi sulla rilevanza della prova (1970)
  • La motivazione della sentenza civile (1975)
  • Il proceso civile “adversary” nell’esperienza americana (1979)
  • La giustizia civile in Italia dal '700 a oggi (1980)
  • Il vertice ambiguo. Saggi sulla Casazione civile (1991)
  • La prova dei fatti giuridice . Nozioni generali (1992)
  • La giustizia civile negli Stati Uniti (1993, con G. Hazard)
  • Sui confini. Scritti sulla giustizia civile (2002)
  • Precedente e giurisprudenza (2007)
  • Lezioni sul proceso civile (varias ediciones, con Comoglio y Ferri).
  • Comentario breve al codice di procedura civile (varias ediciones, con Carpi).

RESUMEN:


EL HECHO:

JURISTA ARGENTINO:

“Se puede hacer varias versiones verdaderas sobre un hecho y varias versiones falsas sobre ese mismo hecho”

En la demanda y en la contestación de la demanda se narran los hechos.

EL ABOGADO:

Este no debe ser un mentiroso consiente.

EL TESTIGO:

Tiene la obligación jurídica de decir la verdad.

Puede ser  verdadera o falsa su versión.

EL JUEZ:

Tiene una obligación jurídica de establecer y de resolver con la verdad.

NORMAS:

El hecho es punto central de la decisión.

t. moderna reconoce por varias razones que ningún texto tiene un sentido solo predeterminado, hay varias interpretaciones posibles de un hecho.

El juez interpreta y aplica la norma entre el hecho especifico y el tipo de hecho que establece la norma.

ESTRUCTURA CONDICIONAL:

Condición

Consigecia

Provoca la muerte de alguien.- condición fáctica  ( hecho)

Si es verdad se aplica la norma.

Metáfora:

El ojo del juez tiene que pasar desde el hecho a la norma si es que hay correspondencia tiene que ver el hecho y luego va a la norma para interpretar de tal manera que haya relación.

“Existe 15 definiciones d la verdad”

ARISTOTELES: habla de la verdad como si fuera de la mortalidad metafísica.

No se habla de material, sin de el enunciado que se afirma.

La verdad como una entidad metafísica calidad de un enunciado descriptivo.

LA PRUEBA:

Solo los conocimientos que se le entrega en el proceso – las pruebas.

La prueba es una argumentación persuasiva, retorica.

Es la creencia sobre algo.

Trata de convencer al juez con las pruebas presentadas.

Es algo cualquier cosa( foto, indicio, circunstancia) que puede ofrecerle al juez un elemento útil que el juez puede utilizar para resolver sea falsa o verdadera.

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